La nota correspondiente al viernes pasado tuvo una
diferencia sustancial entre la versión impresa y la publicada en la web. Así de
cambiante está la situación venezolana hoy. Sin embargo, intentaremos analizar
y encontrar las claves alrededor de las cuáles estar pendientes en los próximos
días.
En el
texto del pasado 21 de octubre, se agregaron al final de la nota tres párrafos
(que pueden ser consultado en http://cajaderespuestas.blogspot.com)
en los que se anunciaba que el Consejo Nacional Electoral (CNE) había aceptado
una medida cautelar emanada de varios tribunales penales en relación a la usurpación
de identidad de miles de supuestos firmantes (casi 600.000 personas) en la
etapa inicial del proceso y que, por tanto, hasta tanto no se expidiera la Justicia,
se suspendía la recolección del 20% de las firmas de las ciudadanas y
ciudadanos que anunciábamos la pasada semana (se puede leer el comunicado del
CNE en http://www.cne.gob.ve/web/sala_prensa/noticia_detallada.php?id=3483).
Ese
mismo día, el presidente de la Asamblea Nacional (AN) de Venezuela, Henry Ramos
Allup, convocó una sesión extraordinaria para el domingo 23 de octubre en la
que anunció que se tomarían medidas muy importantes, a pesar de que ese
organismo legislativo fue declarado en desacato y por tanto nulas las
decisiones que pudiera tomar por parte de una sentencia del Tribunal Supremo de
Justicia (TSJ), organismo que cuestiona la decisión de esa misma AN de
incorporar al pleno a tres diputados cuya elección había sido suspendida como
parte de una investigación para determinar su responsabilidad en la compra de
votos de algunas comunidades indígenas del estado Amazonas y la violación del
secreto en el ejercicio al voto (pueden verse ambas sentencias del TSJ en http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/selec/diciembre/184227-260-301215-2015-2015-000146.HTML
y http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/selec/agosto/189587-108-1816-2016-X-2016-000007.HTML).
A
pesar de que la AN llevaba ya 28 convocatorias fallidas por falta de quórum, la
oposición logró que sus diputados acudieran a sala el pasado domingo 23 y la
sesión fue casi demencial. Las intervenciones de los diputados se sucedían
hablando del papel que jugaría esa sesión en la Historia nacional, así como el
papel que jugarían ellos mismos en el derribo de una “dictadura” que según
afirmaban “ahora sí” se había instalado en el país (parece que todas las veces
anteriores que acusar al chavismo de ser dictatorial, no lo era tanto).
Durante
la sesión se aprobó una declaración que en su parte resolutiva sostiene (se
pueden leer todos los considerandos en http://www.asambleanacional.gob.ve/uploads/documentos/doc_bb34d179165bf0203c70b205a54dd6710a1afa9a.pdf):
PRIMERO: Declarar la ruptura
del orden constitucional y la existencia de un golpe de estado cometido por el
régimen de Nicolás Maduro en contra la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela y el pueblo de Venezuela.
SEGUNDO: Solicitar a la
comunidad internacional la activación de todos los mecanismos que sean
necesarios para garantizar los derechos del pueblo de Venezuela, en especial su
derecho a la democracia.
TERCERO: Formalizar la
denuncia ante la Corte Penal Internacional y demás organizaciones que sean
competentes, en contra de los jueces y rectoras del Consejo Nacional Electoral
responsables de la suspensión del proceso de Referendo Revocatorio y demás
funcionarios responsables de la persecución política al pueblo de Venezuela.
CUARTO: Proceder de manera
inmediata y de acuerdo con los mecanismo constitucionales, a la designación de
los 3 rectores principales y sus suplentes, que fueron nombrados
provisionalmente en diciembre de 2014; así como la designación de los dos
rectores principales y suplentes cuyo período de ejercicio culmina en diciembre
del presente año, para con ello garantizar el respeto del derecho de los
venezolanos a elegir, así como la independencia de poderes y el respeto al
estado derecho.
QUINTO: Proceder de manera
inmediata y de acuerdo con los mecanismo constitucionales, a la designación de
los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, para garantizar el respeto
del derecho de los venezolanos a elegir, así como la independencia de poderes y
el respeto al estado derecho.
SEXTO: Iniciar el proceso para
determinar la situación constitucional de la Presidencia de la República y
convocar a una sesión especial de la Asamblea Nacional para el próximo martes
25 de octubre, para evaluar y decidir sobre la materia.
SÉPTIMO: Conformar una
comisión especial de alto nivel parlamentario encargada de desarrollar y
definir las decisiones emanadas de este acuerdo para restituir el orden
constitucional.
OCTAVO: Exigir a la Fuerza
Armada Nacional no obedecer ni ejecutar ningún acto o decisión que sean
contrario a los principios constitucionales o menoscaben derechos fundamentales
del pueblo de Venezuela, emanados del Poder Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
(…)
O sea,
en buen romance desconocer al Presidente; solicitar intervención internacional;
enjuiciar a las autoridades que se consideran incómodas; sustituir a los
rectores del CNE y a los magistrados del TSJ y exigir a la Fuerza Armada
Nacional (omitieron el apellido de Bolivariana) que no obedezcan a los poderes
que la AN desconoce.
Este
mismo martes 25, la AN volvió a reunirse y luego de otra sesión en la que no se
debatió el fondo de ninguno de los temas, sino que se hicieron intervenciones para
ser registradas en la épica interna de las organizaciones políticas, se adoptó
nuevamente un acuerdo por parte de la AN, que en su parte decisoria acuerda
(ver completa en http://www.asambleanacional.gob.ve/uploads/documentos/doc_d3f219591da2f3670fbe83c1c23dc3aeb9257587.pdf):
Primero: Iniciar el
procedimiento de declaratoria de Responsabilidad Política del Presidente de la
República, y a estos efectos se resuelve citarlo para que comparezca al
Hemiciclo de Sesiones el día 1 de noviembre de 2016, a las 3:00 pm., a fin de
que exponga sobre su posible responsabilidad por las graves violaciones a la
Constitución, los Derechos Humanos y la Democracia ya señaladas, y por haber
consolidado un modelo político-económico y social que por su estatismo,
rentismo, burocratismo y corrupción ha ocasionado la devastación de la economía
del país y, en particular, una enorme inflación y el estrangulamiento de la
producción nacional, así como el desabastecimiento en el rubro de los alimentos
y medicamentos e insumos médicos.
Segundo: Declararse en Sesión
Permanente de consulta popular, por medio de la plenaria de la Asamblea
Nacional y de sus Comisiones Permanentes, en la sede del Parlamento y en las
comunidades, para determinar junto al pueblo, en asambleas de ciudadanos y
ciudadanas, movilizaciones y diversas formas de deliberación y manifestación
pública, las decisiones posteriores que deban adoptarse ante la ruptura
constitucional impulsada por el Presidente de la República, de acuerdo con los
artículos 187, numeral 4, de la Constitución y 127 y 128 del Reglamento
Interior y de Debates de la Asamblea Nacional.
Tercero: Encomendar a la
Comisión Especial de Alto Nivel Parlamentario designada en sesión ordinaria del
23 de octubre de 2016 evaluar la posibilidad de que esta Asamblea Nacional
declare el abandono del cargo por el Presidente de la República, así como su
posible responsabilidad penal considerando la consulta popular antes
mencionada;
Cuarto: Ratificar su
compromiso con la restitución del orden constitucional, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 333 de la Constitución, pues la inobservancia de
esta se produce no solo por medio de un hecho de fuerza contra la
institucionalidad en sentido clásico, sino también cuando el Presidente de la
República hace uso de su autoridad civil y militar para socavar la
Constitución.
Quinto: Ratificar su decisión
de acudir a las instancias internacionales competentes para denunciar las
violaciones a derechos humanos y a los elementos esenciales de la Democracia
que sufren los venezolanos y venezolanas, en cuya comisión el Presidente de la
República ha tenido papel protagónico.
Traduciendo
nuevamente: se intenta explicar que se desconoce al Poder Ejecutivo por el
ejercicio de su propia gestión de Gobierno, aun cuando no se pueda probar el
rompimiento explícito de la institucionalidad; nuevamente se insiste en la
intervención extranjera.
Sin
embargo, ya el pasado 13 de octubre
–cuando todavía ningún tribunal había adoptado ninguna resolución que detuviera
ningún proceso de consulta-, esta misma AN írrita planteaba la siguiente
resolución, quizás tanto o más golpista que las mencionadas más arriba (véala
completa en http://asambleanacional.gob.ve/uploads/documentos/doc_bb870e5b9302c0fc9a98697b99d87ce7a9a18fb4.pdf):
PRIMERO: Desconocer, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 7 y 333 de la Constitución, la autoridad y
vigencia de los actos del Poder Ejecutivo y de las sentencias del Tribunal
Supremo de Justicia, que contraríen los valores, principios y garantías
democráticos y lesionen los derechos fundamentales.
SEGUNDO: Encomendar a la Junta
Directiva de la Asamblea Nacional liderar un proceso de consulta y organización
de la sociedad venezolana para favorecer un gran movimiento cívico nacional en
defensa de la Constitución, la democracia y el voto.
TERCERO: Exigir al Consejo
Nacional Electoral proceder como Poder autónomo e independiente a disponer las
condiciones favorables al ejercicio de los derechos políticos, garantizando su
plena vigencia y efectividad. En concreto, se emplaza al CNE a que fije de
manera definitiva el cronograma para la realización del Referéndum Revocatorio
al mandato del Presidente de la República, ciudadano Nicolás Maduro Moros, y
para la elección de los gobernadores, todo en el año calendario 2016.
CUARTO: Exhortar a la Fuerza
Armada Nacional a exigirle al Presidente de la República y al Consejo Nacional
Electoral que garanticen el ejercicio de los derechos políticos de los
venezolanos y el respeto de la voluntad del electorado, especialmente del referéndum
revocatorio y de las elecciones regionales.
QUINTO: Instar a la Fuerza
Armada Nacional a coadyuvar en el restablecimiento del Estado de Derecho, de la
vigencia de los derechos fundamentales y de los principios democráticos. A tal
efecto, deberá acompañar a los venezolanos en las exigencias tendientes a hacer
efectivo el ejercicio de sus derechos políticos y velar por el sometimiento de
los representantes del Poder Público a la Constitución, así como desconocer los
actos del Ejecutivo Nacional y del TSJ que lesionen la Constitución.
SEXTO: Emplazar a la Sala
Electoral del Tribunal Supremo de Justicia para que, honrando la democracia
representativa, permita de una vez por todas la incorporación de los diputados
electos por el Estado Amazonas el 6 de diciembre de 2015, o que se repitan los
comicios parlamentarios en esa entidad electoral.
SÉPTIMO: Conformar el Comité
de Postulaciones Judiciales para proceder a designar a los Magistrados del TSJ
en sustitución de los Magistrados designados de manera inconstitucional el 23
de diciembre de 2015, y cuyo acto de designación está viciado de nulidad y ha
sido declarado inexistente por esta Asamblea Nacional.
OCTAVO: Crear una Comisión
especial para el estudio y análisis de la designación de Rectores del CNE que hiciera
el Tribunal Supremo de Justicia 5 el 26 de diciembre de 2014, con el fin de
presentar un informe ante el pleno de la Asamblea Nacional para conocer los
vicios de inconstitucionalidad y de ilegalidad de dicho proceso.
NOVENO: Instar a las
organizaciones internacionales, a través del Alto Comisionado de la
Organización de Naciones Unidas (ONU) para los Derechos Humanos; al Secretario
General y al Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA),
para que en ejercicio de sus competencias emitan pronunciamiento y adopten las
medidas que corresponda, tendientes a garantizar la vigencia de la democracia y
el respeto de los derechos humanos en Venezuela.
DÉCIMO: Instar a las
organizaciones internacionales y parlamentos latinoamericanos, a las
autoridades del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y a la Unión de Naciones
Suramericanas (UNASUR) a estar vigilantes y coadyuvar al restablecimiento de
las instituciones democráticas en Venezuela y a exigir al Ejecutivo Nacional el
respeto de los principios, valores y libertades esenciales a la
democracia.
DÉCIMO PRIMERO: Dar publicidad
(…).
DÉCIMO SEGUNDO: Notificar del
presente acuerdo a los demás Poderes Públicos, al cuerpo diplomático, al Nuncio
de Su Santidad el Papa Francisco, a la Conferencia Episcopal Venezolana, a las
universidades nacionales, a las academias nacionales, a los colegios
profesionales, a las centrales sindicales y a las federaciones empresariales e
industriales.
Nótese
que ya estaban presentes todos los elementos que aparecen luego con la
justificación de la supuesta limitación de derechos promovida desde el Poder
Ejecutivo, cuando éste supuesto aún no
se había producido.
Ya basta de loquetera...
Hasta
ahora, hemos transcrito exactamente lo aprobado por el órgano legislativo venezolano,
a pesar del dolor de estómago, la angustia, o el dolor (según sea el caso) que
pudiera provocar.
Detengámonos
un minuto a analizar.
Tenemos
un poder del Estado (la Asamblea Nacional, Legislativo) que desconoce al resto
de los poderes que componen al Estado venezolano (Ejecutivo, Judicial,
Electoral y Ciudadano –poder que a su vez está compuesto por el Ministerio
Público, la Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la República-),
mientras que estos mismos poderes desconocen las resoluciones de la Asamblea
Nacional por considerarla en desacato de una sentencia del máximo tribunal
judicial del país.
Sin
embargo, todos los poderes y sus integrantes trabajan activamente y sin
cortapisas ni limitaciones exceptuando las que se derivan de sus propios actos.
Adicionalmente
tenemos un proceso de elecciones municipales y regionales anunciados para el
año entrante, así como un proceso de activación de referéndum revocatorio en
curso (aun cuando momentáneamente esté suspendido en primera instancia por
orden judicial).
Por
otro lado, la Constitución venezolana no prevé el juicio político al Presidente
(conocido como “impeachment”, por su
nombre en inglés) y sí prevé al Tribunal Supremo de Justicia como máximo
organismo de alzada cuando –como en situaciones como la actual- se presenta un
conflicto de poderes.
Mientras
tando, el Poder Ejecutivo Nacional encabezado por el presidente Nicolás Maduro,
se encuentra desplegado nacional e internacionalmente a efectos de lograr el
aumento de los precios del petróleo y la recuperación de la economía
venezolana.
Además el presidente Maduro ha convocado en reiteradas oportunidades a los sectores de
oposición (desde 2013, fecha en que fue electo hasta ahora), recibiendo siempre
negativas o acciones elusivas de parte de este sector político.
Incluso
el presidente Maduro convocó al Consejo de Defensa Nacional (organismo
integrado por los titulares de los cinco poderes más los ministros de Interior
y Defensa) y también obtuvo el rechazo opositor.
Actualmente
se encuentra en curso un nuevo intento de diálogo con la mediación de la Unasur
y del Vaticano, que cuenta con el explícito apoyo del secretario general
Ernesto Samper y del papa Francisco; sin embargo, la oposición venezolana ya ha
adelantado que no asistirá a la convocatoria pautada para el próximo domingo 30
en la isla de Margarita (Capriles le dijo al Papa que no se podía dialogar con
“diablos”, refiriéndose a los chavistas).
Del mismo modo,
anunciaron para este mismo jueves 27 una movilización del sector opositor hacia
la AN como forma de respaldar “el juicio
político contra el Presidente”.
Por
otro lado, anunciaron también un “paro nacional” de doce horas (en realidad un
“lockout”, como se conoce a los paros patronales, ya que ningún sindicato
nacional convoca a esta movilización) para este mismo viernes.
Y por
último una movilización nacional hacia el Palacio de Miraflores (sede de la
Presidencia) el 3 de noviembre, para “entregarle a Maduro” los resultados de la
resolución (previsiblemente contraria) adoptada por la AN.
Todo
esto se parece demasiado a los cronogramas del 2002 y 2003; a las marchas
insurreccionales masivas; a los paros patronales por tiempo indeterminado; a
las apelaciones a la “comunidad internacional”, que no son sino llamados a la
intervención imperialista.
Al
mismo tiempo –igual que en esas épocas-, el mismo sector político-empresarial provoca
una grave crisis en el acceso a los bienes básicos, mientras éstos son
acaparados y se especula con sus precios y se acusa al Gobierno de esa misma
crisis.
Una
operación clásica, con desconocimiento del Gobierno, apelación a alzamientos
militares y a la intervención extranjera
Omisiones imperdonables
¿Cuál
es la diferencia entonces en el accionar de la oposición hoy y en la respuesta errática
que han tenido algunos desprevenidos en América Latina que anteriormente se
solidarizaron con la Revolución Bolivariana y hoy dudan?
La
diferencia es que la oposición ganó UNA elección por casi diez puntos de
ventaja. Parece que de nada valen las casi veinte consultas que el chavismo ha ganado hasta la fecha por cifras
mayores que esa. Parece que ESTOS diputados son más legítimos (incluso más que
cualquiera de los períodos legislativos anteriores) que todo el resto de las
funcionarias y funcionarios electos, incluyendo al Presidente de la República.
Parece
que algunos no logran encontrar la diferencia entre la realidad real y la
diatriba histérica de CNN; algunos no logran encontrar los paralelismos con
golpes ya dados, como en el caso de Chile, Haití, Honduras, entre otros.
Algunos
parece que incluso no tuvieran la intención de analizar, sino adoptar de una
vez los prejuicios (que caben como un traje a la medida), pero en derecho y en
política –y más aún en el ámbito internacional-, la ignorancia no es excusa y
la Historia no perdona.
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